
La ficha reducida es un documento técnico redactado y firmado por un ingeniero colegiado en el que se definen las características técnicas de un vehículo concreto. Habitualmente se necesita para importar un vehículo del extranjero. Si quieres ampliar esta información, visita nuestra página web.
Si estás aquí es que vas a solicitar una ficha reducida online y tienes alguna duda, ya sea sobre las fotos que hay que enviar, qué es un cambio de residencia, proceso en ITV, etc. Tranquilo, estás en el lugar indicado para solucionar todas las dudas que tengas, en esta guía completa encontrarás la respuesta. Si no encuentras lo que buscas, deja tu pregunta en comentarios y te contestaremos lo antes posible.
Primero vamos con la pregunta estrella, y más abajo encontrarás muchas preguntas más.
Cuando lo tengas todo claro, solicita aquí tu ficha reducida online. A profesionales, rápidamente y sin desplazamientos.
¿Qué necesito para solicitar la ficha reducida online?
- Documentación extranjera del vehículo. Todas las hojas por todas las caras.
- 4 fotos generales del vehículo donde se vea entero (delantera, trasera, lateral izquierdo y lateral derecho).
- Foto de la parte trasera con las luces antiniebla y marcha atrás encendidas.
- Foto del número de chasis troquelado. Normalmente está en el compartimento motor o en el marco de una de las puertas delanteras. También lo puedes encontrar bajo alguno de los asientos o incluso en el piso del maletero (esto es muy poco habitual).
- Foto de la placa del fabricante. Normalmente está en el marco de una de las puertas delanteras. También lo puedes encontrar en el compartimento motor o incluso en el piso del maletero (esto es muy poco habitual).
- Foto de la medida de los neumáticos completa (medida y códigos de carga y velocidad). Si tiene medidas diferentes en cada eje, una foto de la medida del neumático delantero y otra del trasero.
- Foto de la placa o adhesivo del enganche de remolque. Puedes encontrarla como placa junto a la piña de luces o como adhesivo en la propia estructura metálica del enganche.
💡 Preguntas frecuentes
Sobre el formulario
¿Cuándo se considera un traslado de residencia?
Es un traslado de residencia cuando el propietario del vehículo en España será el mismo que en el país de procedencia. Si cumples ciertos requisitos, tendrás beneficios fiscales y estarás exento de pagar el impuesto de matriculación:
- El propietario debe ser una persona física.
- El propietario debe haber residido en el extranjero, al menos, durante 12 meses.
- El vehículo debe haber estado a nombre del actual propietario, al menos, durante 6 meses en el país de origen.
- El uso del vehículo debe ser particular.
- El vehículo no se podrá cambiar de nombre durante los siguienes 12 meses tras la matriculación en España. Si se hace, tendrás que pagar el impuesto que te habías ahorrado.
Para ampliar información y comprobar los requisitos actualizados consúltalo en tu gestoría o compruébalo en el apartado 1.n) del artículo 66 de la Ley 38/1992 de Impuestos Especiales (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28741#a66).
¿Por qué tengo que poner el kilometraje del coche?
Básicamente, para prevenir el fraude e informarte. Pero no tienes que ponerlo si no quieres.
Somos los únicos que comprobamos los antecedentes del vehículo en el país de procedencia para comprobar si ha tenido siniestros, kilometraje, ITV’s, etc. Hay algunos países que no comparten esta información o no es accesible.
Lamentablemente, hemos detectado vehículos siniestrados o con kilometraje rebajado en bastantes ocasiones.
¿Por qué tengo que poner la Comunidad Autónoma donde voy a pasar la ITV?
Con la ficha reducida hay que enviar otro documento, una «declaración responsable como técnico habilitado» que tiene un formato diferente en cada Comunidad.
Además, es una garantía de que estás contratando a un profesional. Incluso algunas comunidades exigen el seguro de Responsabilidad Civil, así frenan el intrusismo y la gente que hace estos documentos sin ser técnicos habilitados.
¿Y si no sé en qué Comunidad Autónoma voy a pasar la inspección?
Esto normalmente pasa cuando la ficha reducida urge mucho. En el formulario pon tu Comunidad y en comentarios indica que estás buscando la opción más rápida y nos la confirmarás cuando lo sepas, así podremos ir adelantando para que puedas pasar la inspección lo antes posible.
¿Y si no sé en qué ITV voy a pasar la inspección?
No pasa absolutamente nada. Pon la Comunidad Autónoma para redactar la declaración responsable que le corresponde y te enviaremos todo a tu dirección de email.
Sobre el vehículo
¿Qué pasa si el vehículo tiene modificaciones?
Depende de la modificación.
- Si no se considera reforma según la normativa española, no hay problema. Se puede hacer la ficha reducida sin problemas.
- Si la modificación se considera reforma y no es un cambio de residencia, hay dos opciones:
- Dejar el vehículo de serie antes de pasar la ITV
- Hacer una documentación técnica distinta. Contacta con nosotros y te daremos una solución.
- Si se trata de un cambio de residencia, se permite que el vehículo tenga modificaciones. De todos modos, consulta antes en la ITV donde quieras pasar la inspección.
¿Qué pasa si el coche lleva un enganche de remolque instalado?
El enganche de remolque se considera reforma. No obstante, los fabricantes incluyen algunos en la homologación de sus vehículos, así que comprobaremos si el que llevas instalado está permitido en la homologación. Si no lo está no te preocupes, te daremos una solución.
¿Se puede matricular en España un vehículo de Reino Unido o con volante a la derecha?
Depende de la fecha de primera matriculación del vehículo.
Reino Unido dejó de formar parte del EEE el 01/01/2021, así que todo vehículo procedente del Reino Unido (incluido Gibraltar) con fecha de primera matriculación anterior a esa, se puede hacer la ficha reducida sin problema. Si es igual o posterior a esa fecha, se puede matricular haciendo una documentación técnica distinta. Contacta con nosotros y te daremos una solución.
Técnicamente, es verdad que estos vehículos tienen ángulos de visión distintos de los que se venden en España, pero no hay absolutamente ningún problema para matricularlos aquí. Simplemente hay que tener en cuenta que:
- El cuadro de indicadores debe marcar en km y km/h.
- Tener dos retrovisores exteriores y uno interior.
- Los faros delanteros deben tener el haz de luz preparado para circular por el carril derecho . Muchos faros tienen regulación y en otros casos hay que cambiarlos. Consúltalo en el concesionario o tu taller de confianza.
Si el coche tiene la ITV en vigor, ¿tengo que pasar la ITV en España?
Hay que pasar una inspección obligatoria para identificar el vehículo y sus características técnicas, y cotejarlo con su documentación para hacer la ficha técnica española.
Por parte de la inspección periódica, depende. En aplicación de la Directiva 2014/45/UE, se reconoce la ITV del pais de origen (sólo países del Espacio Económico Europeo) siempre que cumpla la periodicidad española.
Sobre el trámite de ITV y matriculación
¿Se puede matricular en España un vehículo de Reino Unido o con volante a la derecha?
Depende de la fecha de primera matriculación del vehículo.
Reino Unido dejó de formar parte del EEE el 01/01/2021, así que todo vehículo procedente del Reino Unido (incluido Gibraltar) con fecha de primera matriculación anterior a esa, se puede hacer la ficha reducida sin problema. Si es igual o posterior a esa fecha, se puede matricular haciendo una documentación técnica distinta. Contacta con nosotros y te daremos una solución.
Técnicamente, es verdad que estos vehículos tienen ángulos de visión distintos de los que se venden en España, pero no hay absolutamente ningún problema para matricularlos aquí. Simplemente hay que tener en cuenta que:
- El cuadro de indicadores debe marcar en km y km/h.
- Tener dos retrovisores exteriores y uno interior.
- Los faros delanteros deben tener el haz de luz preparado para circular por el carril derecho . Muchos faros tienen regulación y en otros casos hay que cambiarlos. Consúltalo en el concesionario o tu taller de confianza.
¿Cuándo se considera un traslado de residencia?
Es un traslado de residencia cuando el propietario del vehículo en España será el mismo que en el país de procedencia. Si cumples ciertos requisitos, tendrás beneficios fiscales y estarás exento de pagar el impuesto de matriculación:
- El propietario debe ser una persona física.
- El propietario debe haber residido en el extranjero, al menos, durante 12 meses.
- El vehículo debe haber estado a nombre del actual propietario, al menos, durante 6 meses en el país de origen.
- El uso del vehículo debe ser particular.
- El vehículo no se podrá cambiar de nombre durante los siguienes 12 meses tras la matriculación en España. Si se hace, tendrás que pagar el impuesto que te habías ahorrado.
Para ampliar información y comprobar los requisitos actualizados consúltalo en tu gestoría o compruébalo en el apartado 1.n) del artículo 66 de la Ley 38/1992 de Impuestos Especiales (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28741#a66).
Ya tengo mi ficha reducida, ¿y ahora qué?
El proceso habitual es, una vez enviada por email a la ITV es:
- Preséntate en la ITV con la documentación extranjera del vehículo, contrato de compraventa, factura, DUA, etc. para solicitar inspección no periódica por importación. Tendrás que pagar la tasa correspondiente y el/la ingeniero/a revisará la documentación que hemos enviado.
- Una vez hayan revisado la documentación, te llamarán para darte cita.
- Pasada la inspección, te harán la ficha técnica española. Según la estación, te la darán en ese mismo momento o te dirán que la puedes recoger unos días después.
¿Cuánto tiempo tengo para matricular el coche en España?
En condiciones normales 30 días o 60 días si se trata de un traslado de residencia, a contar desde el inicio de su uso en España (normalmente, la fecha de factura o del contrato de compraventa).
La creencia de que se tienen 6 meses es errónea. 6 meses es el máximo que puede circular un vehículo con matrícula extranjera cuando el propietario no es residente en España (si pasa más de 6 meses en España se considera residente, y tiene que empadronarse y matricular el vehículo en la DGT).
Placas temporales verdes (particulares)
Se puede solicitar, por particulares, un permiso temporal para circular mientras se matricula el vehículo en España. Son las llamadas placas verdes. Tienen una validez de 2 meses (prorrogables otros 2 meses) y las puedes solicitar en la DGT o en tu gestoría de confianza.
Para ampliar información y comprobar los requisitos actualizados consúltalo en tu gestoría o compruébalo artículo 43 del Reglamento General de Vehículos (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1999-1826#a43).
Placas temporales rojas (profesionales)
Se puede solicitar, por profesionales, un permiso temporal para circular mientras se matricula el vehículo en España. Son las llamadas placas rojas. Tienen una validez de 1 año no prorrogable y se deben cumplir una serie de circunstancias para poder circular con el vehículo. Las puedes solicitar en la DGT o en tu gestoría de confianza.
Para ampliar información y comprobar los requisitos actualizados consúltalo en tu gestoría o compruébalo los artículos 44, 45 y 46 del Reglamento General de Vehículos (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1999-1826#a44)
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